lunes, 28 de septiembre de 2009

Prohibido Estacionar

Muchos hemos tenido dudas de si se podía estacionar nuestro vehículo en las calles residenciales de Valdespartera, las que quedan entre los bloques de los edificios y que constan de una zona adoquinada y otra embaldosada.


Y la respuesta es que NO SE PUEDE ESTACIONAR.

La explicación es que justo a la entrada de dichas calles hay colocadas unas señales, S-28, según el Reglamento General de Circulación, que representan la entrada a Calles Residenciales.

Dichas señales según el Reglamento, indican zonas de circulación especialmente acondicionadas y destinadas en primer lugar a los peatones y en las que se aplican las normas especiales de circulación siguientes:
- La velocidad máxima de los vehículos está fijada en 20 kilómetros/hora y los conductores deben conceder prioridad a los peatones.
- Los vehículos no pueden estacionarse más que en lugares designados por señales o por marcas (por ejemplo, las que representan las marcas viales para estacionar en batería, que no existen en nuestras calles).
- Los peatones pueden utilizar toda la zona de circulación.
- Los juegos y los deportes están autorizados en ella.
- Los peatones no deben estorbar inútilmente a los conductores de vehículos.

Desde aquí el punto de vista legal, importante cuando ya se sabe de vecinos multados por este hecho.
Otro tema es que cuando todos los vecinos estén instalados, el barrio sea deficitario en plazas de aparcamiento y quizá sea el momento de intentar cambiar esta situación, si interesa.